Transparencia
San José de Maipo



Recursos


Aspectos Generales - Aspectos Generales
1.1 - Actos y documentos del organismo que hayan sido objeto de públicación en el diario oficial
1.2 - Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas y Marco Normativo
1.3 - La estructura organica del organismo y las facultades, funciones y atribuciones y/o tareas y Marco Normativo
1.4 - El personal de planta, a contrata y el que se desempeñe en virtud de un contrato de trabajo, y las personas naturales contratadas a honorarios, con las correspondientes remuneraciones
1.5 - Las contrataciones para el suministro de bienes muebles para la prestación de servicios, la ejecución de acciones de apoyo y la ejecución de obras, y las contrataciones de estudios, asesorías y consultorías relacionadas con proyectos de inversión, con indicación de los contratistas e identificación de los socios y accionistas principales de las sociedades o empresas prestadoras, en su caso
1.6 - Las transferencias de fondos públicos que efectúen, incluyendo todo aporte económico entregado a personas jurídicas o naturales, directamente o mediante procedimientos concursales, sin que éstas o aquellas realicen una contraprestación reciproca en bienes o servicios

Resumen de Ley nº 20.285 sobre acceso a la información pública


1. Entrada en vigencia

Entrará en vigencia ocho meses después de publicada en el Diario Oficial (20.08.20008) es decir el 20 de abril de 2009. Salvo lo relativo a la designación de los Consejeros del Consejo de Transparencia. alt

2. Objetivo

Regular principio de transparencia de la función pública, el derecho de acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado, los procedimientos para el ejercicio del derecho y para su amparo, y las excepciones a la publicidad de la información.

Se basa en inciso 2° del artículo 8° de la Constitución Política: “Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional.”

3. Algunos principios de la Ley

a) Principio de la relevancia: Presume relevante toda información que posean los órganos de la Administración del Estado, cualquiera sea su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento.

b) Principio de la libertad de información: Toda persona goza del derecho a acceder a la información que obre en poder de los órganos de la Administración del Estado, sólo con excepciones o limitaciones establecidas por leyes de quórum calificado.

c) Principio de apertura o transparencia: Toda la información en poder de los órganos de la Administración del Estado se presume pública, a menos que esté sujeta a las excepciones señaladas.

d) Principio de máxima divulgación: Los órganos de la Administración del Estado deben proporcionar información en los términos más amplios posibles, excluyendo sólo aquello que esté sujeto a las excepciones constitucionales o legales.

e) Principio de la oportunidad: Los órganos de la Administración del Estado deben proporcionar respuesta a las solicitudes de información dentro de los plazos legales, con la máxima celeridad posible y evitando todo tipo de trámites dilatorios.

f) Principio de gratuidad: El acceso a la información de los órganos de la Administración es gratuito, sin perjuicio de lo establecido en esta ley.


Documentos
1.7 - Los actos y resoluciones que tengan efectos sobre terceros
1.8 - Los trámites y requisitos que debe cumplir el interesado para tener acceso a los servicios que preste el respectivo órgano
1.9 - El diseño, montos asignados y criterio de acceso a los programas de subsidios y otros beneficios que entregue el respectivo órgano, además de las nóminas de beneficiarios de los programas sociales en ejecución
1.10 Los Mecanismos de Participación Ciudadana
1.11 - Información Presupuestaria
1.12 - Los resultados de las auditorías al ejercicio presupuestario del respectivo órgano y, en su caso, las aclaraciones que procedan
1.13 - Todas las entidades en que tengan participación , representación e inversión, cualquiera sea su naturaleza y el fundamento normativo que la justifica
1.14 - Documentos Reservados - Indice de actos o documentos calificados como secretos o reservados